Servicios de credito

Servicios de credito

FECUIS ofrece a sus asociados diferentes modalidades de crédito, generalmente de libre destinación, pero existen también líneas específicas como el caso de crédito de mayor cuantía para adquisición de vehículo o para compra o reforma de vivienda en cuyo caso puede tener intereses preferenciales y plazos especiales, los que se determinarán a discreción de la Junta, dependiendo de la disponibilidad de recursos.

Las modalidades de crédito fundamentales son: Ordinario, Extraordinario y Especial.

Es el que realiza mensualmente todo asociado por un valor comprendido entre el 4% y el 30% del salario mínimo legal mensual vigente. El ahorro mensual se distribuye contablemente en 15% para aporte social y 85% para ahorro permanente. Por disposiciones estatutarias, todo asociado hará un aporte con destinación al patrimonio del fondo, equivalente al 50% de su aporte social mensualmente, durante los primeros 5 años de permanencia en el fondo.

  1. Haber cumplido un tiempo mínimo de 3 meses como asociado del fondo.
  2. No estar suspendido por incumplimientos anteriores.
  3. Presentar la solicitud de crédito que se estudiará y resolverá en un plazo de ocho días hábiles, una vez se haya diligenciado totalmente la siguiente documentación:
    1.  Solicitud de crédito.
    2. Pagaré de amortización de créditos con dos codeudores que no tengan procesos de cobro con FECUIS.
    3. Autorización de descuento por nómina, si es empleado de la FCUIS
    4. Pagaré abierto a favor del FECUIS, firmado en blanco por el deudor y codeudores, adicional al pagaré de registro de amortización.
    5. Autorización para llenar el pagaré, debidamente firmada y con huellas digitales.
    6. Diligenciar póliza de seguro de vida deudores.
    7. Diligenciar formato de aprobación de crédito.
    8. Condiciones de pago: A ningún asociado se le pueden conceder créditos que impliquen descuentos de nómina por valor superior al 50% de sus ingresos mensuales demostrados.

 

En este valor se incluyen los descuentos por amortización de créditos, intereses, crédito de consumo, descuentos de convenios y aportes.

Ningún asociado podrá adquirir créditos o compromisos en condición de codeudor, que impliquen incapacidad de responder en el caso de que se llegare a presentar un incumplimiento de algún deudor al que esté respaldando.

NOTA: Los formatos de solicitud de crédito son suministrados por la Secretaría del Fondo y deben ser correcta y totalmente diligenciados, para no incurrir en su devolución.

  1. Toda solicitud deberá ser aprobada por el Comité de Crédito que está conformado por el tesorero, un representante del Comité de Control Social y el gerente.
  2. Garantías Especiales: A consideración del Comité de Crédito y dependiendo de la cuantía y codeudores, se podrá exigir además de los requisitos anteriores, constancias de ingresos o una garantía real prendaria si fuera necesario.

Para créditos mayores de $20.000.000 o créditos con codeudores no asociados del Fondo, el Comité podrá exigir acreditar propiedad de Finca Raíz con Certificados de Tradición y Libertad libre de hipotecas, embargos o patrimonio familiar.

Si el deudor ofrece una garantía real como pignoración de vehículo o hipoteca de 1er. grado, los codeudores no necesitan este requisito.

Es un crédito de libre inversión y por cuantía máxima de tres veces el valor del ahorro consolidado del asociado. Se debe cancelar en cuotas mensuales ininterrumpidas, en plazos que dependen de la cuantía del crédito. Los intereses serán los vigentes a la fecha del crédito y pueden ser variables, dependiendo de la destinación debidamente comprobada, con tasa preferencial para inversión en adquisición o reforma de vivienda. Dependiendo de la cuantía, se han preestablecido los siguientes plazos máximos:

 

CUANTIA

 

PLAZO MAXIMO

Hasta

 

$ 600.000

6   meses

$600.001

a

$ 1.500.000

15 meses

$1.500.001

a

$ 3.000.000

24 meses

$3.000.001

a

$ 6.000.000

36 meses

$6.000.001

a

$10.000.000

48 meses

Mayores

de

$10.000.000

60 meses

 

Los créditos deben cancelarse con cuotas mensuales iguales ininterrumpidamente a partir de la fecha del préstamo, más el valor del interés correspondiente sobre saldo mes vencido.

  • El asociado podrá solicitar un nuevo crédito ordinario siempre y cuando haya cancelado normalmente como mínimo el 70% de su préstamo anterior. En este caso el saldo restante se le refinanciará con el nuevo crédito.
  • Los créditos ordinarios por cuantías de $ 30.000.000 o más, deben ser aprobados por la Junta Directiva, además del comité de crédito.

Tiene como cuantía máxima de 2 salarios mínimos mensuales, sin que exceda del salario mensual de un asociado. Se debe cancelar en un plazo máximo de 4 meses en la forma que lo disponga el asociado.

  • Los intereses de este crédito deben ser cancelados mensualmente y no es refinanciable.
  • La solicitud y trámite se hacen en las mismas condiciones del crédito ordinario.

 NOTA: El total de la deuda por crédito ordinario más extraordinario de un asociado no podrá exceder de 3 veces el valor de sus ahorros consolidados.

Modalidad de crédito adicional, que se puede utilizar en caso de tener ocupados los cupos de créditos ordinario y extraordinario.

Su cuantía máxima es del 50% del valor total de los ahorros consolidados del asociado.

  • Plazo máximo: 15 meses.
  • Requisitos: Los créditos especiales tendrán los mismos requisitos de los Ordinarios y Extraordinarios.
  • Disposiciones Generales: Los asociados que presenten mora en el pago de esta obligación perderán el derecho a esta modalidad de crédito durante un año contado a partir de la fecha de su cancelación total.

Es una modalidad que se aplica en el caso de que el fondo tenga excedentes o disponibilidad de liquidez, con el propósito de beneficiar a los asociados específicamente para adquisición de vivienda o vehículo.

Cuantía: Dependiendo de la destinación del crédito, se aprueba como máxima cuantía el 80% del valor del bien a adquirir con seguro incluido, siempre y cuando el crédito no exceda de 5 veces el valor total de los ahorros consolidados del asociado. La capacidad de pago del asociado debe ser demostrable con constancias de ingresos familiares y se debe hacer estudio de los compromisos económicos del solicitante, incluyendo gastos familiares.

Garantías: Este crédito debe ser respaldado con Garantía Real, con limitación de la propiedad (pignoración o hipoteca) a favor de FECUIS hasta la cancelación total del crédito. Para ello se debe dar a conocer con la presentación de la solicitud, la descripción del bien a adquirir para determinar el avalúo correspondiente y establecer si constituye realmente prenda de garantía por el monto solicitado. Los costos de pignoración o hipoteca y viceversa serán a cargo del solicitante.

El bien ofrecido en garantía debe ser asegurado. El gerente y la Junta Directiva deben verificar el cumplimiento de este requisito. Las pólizas de seguro deben presentarse anualmente al fondo durante la permanencia de la garantía.

  • Plazo: Máximo de 60 meses ininterrumpidos.
  • Intereses: Esta modalidad de crédito de cuantía especial, tiene también intereses preferenciales, que son determinados por la Junta Directiva.
  • Varios: El crédito de cuantía especial debe ser aprobado por la Junta Directiva, con el previo cumplimiento de todos los requisitos exigidos.

Es una modalidad de crédito con cuantía máxima de 3 SMMLV y con destinación específica de pago de impuestos, seguros o cancelación total o parcial de estudios que puede ser amortizable en un plazo máximo de 6 meses, con interés preferencial liquidado sobre saldo mes vencido.

Los requisitos para solicitud y aprobación son iguales a las demás modalidades de crédito.

Modalidad de crédito establecida para fomentar la recreación e integración entre los asociados.

Es un crédito que se debe solicitar en las mismas condiciones de los anteriores créditos, con la firma de pagarés y con dos codeudores para cuantías superiores a $600.000.

El crédito se concederá, con plazo máximo de 10 meses, contados a partir de la fecha de la cancelación del viaje por parte del fondo y se concede un período de gracia sin intereses hasta el tercer mes posterior al mes del viaje. Si el pago del crédito se extiende de esta fecha, a partir del 4 mes se cobrarán intereses del 1% sobre saldo mes vencido.

El valor del crédito de viaje será tenido en cuenta para efectos de cupo de crédito total del asociado e igualmente para determinar su capacidad de pago o de endeudamiento.

NOTA: Ningún asociado podrá hacer uso de esta modalidad de crédito, hasta tanto no haya cancelado totalmente su crédito de viaje anterior. Este crédito no es refinanciable.

FECUIS puede establecer convenios específicos con entidades comerciales, para ofrecer a sus asociados determinados productos en condiciones ventajosas de precio y suministro, los cuales se darán a conocer oportunamente en los casos en que se lleguen a establecer.